- los restaurantes son responsables de que todas las personas involucradas en el proceso deben llevar protector buco nasal, tener el cabello cubierto y las manos (con o sin guantes) limpias y desinfectadas, así como uñas cortas y limpias, sin heridas infectadas o abiertas.
- el restaurante debe garantizar que el personal realice el correcto lavado de manos con agua, jabón o desinfectante (gel, alcohol, otros); y que se mantengan separados por al menos un metro de distancia en la cocina.
- sobre el despacho, la comida debe colocarse en un envase primario con precinto de seguridad y debe ser entregado lo más pronto posible, máximo en una hora.
- además, de que no laboren quienes presenten síntomas de procesos respiratorios como tos, dolor de garganta, dolor de cabeza, etc.
la norma contempla que la vigilancia del cumplimiento de la guía técnica es responsabilidad de las municipalidades en coordinación con las direcciones integradas de salud y las gerencias o direcciones regionales de salud.
- con respecto al repartidor, éste deberá contar con guantes, mascarilla y alcohol gel y asegurarse que el contenedor o caja donde se pondrá el envase con la comida se encuentren desinfectado. también debe estar lavado y desinfectado el vehículo que se utilizará.
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